UN REGIMEN LABORAL CARCELARIO

sábado, 20 de marzo de 2010


ANEXO 506 o acuerdo para un convenio de pequeñas y grandes empresas , en ausencia de los obreros del pescado P.Y.M.E


A través de un convenio para pymes o para pequeñas y grandes empresas, se pretende imponer la entrega de nuestro convenio 161/75 : garantía horaria, insalubridad, categoría, horario de planilla, jornadas de 8 horas, estabilidad laboral, defensa de nuestro recurso marítimo, etc.

Las seudo cooperativas se disfrazan de pequeñas empresas PARA IMPONER EN NUESTRO GREMIO UN REGIMEN LABORAL CARCELARIO.( actualmente funciona bien con los detenidos de la cárcel de Batán, claro calladito y a la celda)


Garantía horaria o mensual garantizado

Donde nuestra garantía horaria de 184 horas y 3220 kilos mensuales,el pago del bono, salario, pago de equipo , etc. es reemplazado por el garantizado que solo se cobraría si al final de cada mes existiera alguna diferencia entre lo que se produce y lo que resta del dinero mensual garantizado.

Para ser más claro restando bonos, premios, salarios, etc.

No solo se ahorran de pagar la garantía horaria con el famoso MENSUAL GARANTIZADO también evaden la responsabilidad DE PAGARNOS los días por la falta de materia prima ante la depredación del recurso marítimo.

Dice la p.y.m.e


Art,9.garantía mensual de salario: “se tomaran en cuenta todos los importes que por cualquier concepto le corresponda percibir al trabajador en ese mes, los que se descontaran de la garantía mensual de salario. Si luego de descontado todos los importes percibidos queda algún saldo a favor de la garantía mensual de salario, la empresa abonará al trabajador el saldo que corresponda bajo el concepto de garantía mensual. Si con los importes percibido, el trabajador supera la garantía mensual, el empleador no abonará suma alguna, sigue diciendo más adelante “el trabajador no tendrá derecho a percibir la garantía mensual, cuando falte , o sea suspendido o tenga permiso.´´

En el convenio colectivo 161/75 para el sector fileteado (envasadoras, fileteros y peones) existe el pago de un premio en bono que se pierden progresivamente en caso de falta .pero no se pierde la garantía horaria porque ésta es por kilo (filetero)y por hora (envase y peones).

Concretamente dice el art. nº17 será de 140 cajones de 23 kilos cada uno para la modalidad de kilos corridos.( o sea 161 kilos por día ).

Para peones y envasadoras y empaque se garantizará 184 horas mensuales.

Para el filetero “las ausencias a jornadas laborales se deduciran del total de cajones garantidos a razón de 7 cajones por jornadas de ausencias para envases y peones se deduciran a razón de 8 horas por jornadas.

Si bien es cierto que en caso de enfermedad o accidentes no es acumulable (te paga el día el seguro) es decir, se te restan pero no se te quitan como en el acuerdo pyme.

En este mal llamado convenio pyme se establece un premio por asistencia perfecta pero como nadie es perfecto…lo perdés. Te descompones, accidentas, te llaman en el colegio o te llaman de urgencia por un familiar ; tomas licencia por maternidad, vacaciones, etc, etc.

Licencias o ausencias no importa; te prometen un premio que nunca vas a cobrar.


Capítulo 2 :MODALIDADES DE CONTRATACIÓN

Art.4: trabajador efectivo.

´´Se considerará efectivo al personal que realice tareas por tiempo indeterminado, incluso a los que cumplan una jornada inferior a la convencionalmente prevista, como asi también al personal de temporada que hubiese completado el primer ciclo de labor(trabajadores golondrinas).

Pero hay que ser justo sigamos citando el artículo que dice ´´el empleador renuncia a invocar el período de prueba para todos los trabajadores que se incorporen hasta el plazo máximo de 180 días contados a partir de la homologación del presente acuerdo.´´

Tenés que tener presente que se firmó el 26 de junio del 2007. A Marzo del 2010 ¡ que lo parió cuanto tiempo pasó …!

Pasaron más de 180 días o sea que si firmamos este acuerdo, ¿estaríamos a prueba??


La verdadera EFECTIVIDAD que nos ofrece la p.y.m.e :

Contratos de trabajos por tres, seis meses .

Contratos de trabajos eventuales, ¿para qué tener trabajadores permanentes si de esta manera las empresa se ahorran de pagar indenizaciones, garantizados, etc.

´´La sucesiva contratación de personal eventual, no dará a estos derechos para adquirir la antigüedad a los efectos de pasar a la categoría de efectivo,y la finalización del contrato, no dará derecho a preaviso o indemnización alguna.´´

Sí compañeros, se trata de evitar en todas las formas y maneras posibles de NO otorgarnos aguinaldo, vacaciones, enfermedades, accidentes o cualquier tipo de licencia como por ejemplo el tiempo por maternidad de nuestras compañeras embarazadas.

¿La cuotificacion protege el recurso marítimo? ¿o permite en forma organizada y sistemática la depredación de la especies marinas ?

El convenio 161/75 nos dice que EN NINGÚN CASO EL TAMAÑO DE LA MERLUZA PODRÁ SER INFERIOR AL QUE DETERMINE LA AUTORIDAD COMPETENTE A FIN DE PRESERVAR NUESTRA RIQUEZA MARINA.

La autoridad competente(Secretaría de pesca) nos dice que con el fin de proteger las especies permitiendo su desobe y posterior reproducción, no está permitida la pesca en un tamaño inferior a los 35 cm.

Pero para estos verdaderos depredadores ´´acuerdos pymes ´´,nos dicen o mejor dicho acuerdan que: “ TODOS AQUELLOS PRODUCTOS QUE PUEDAN SER CALIFICADOS COMO APTOS PARA EL CONSUMO HUMANO,DEBEN SER PROCESADOS´´, se legaliza el pez chico.

No solo se le pone precio a la carioca sino que ya que estamos se liquidan los factores, porque nos obligan a filetear todo lo que traigan los barcos sin respetar medidas ni variedades dejando de lado el orden de los factores al imponer una sola lista de precio por kilos.

Planilla horaria

Una jornada laboral sería de 8 horas y cuando exigimos el horario de planilla según el convenio 161/75 o sea cumplir las 8 horas de trabajo de 6 de la mañana a 14 de la tarde.

Claro que somos flexibles y podemos entrar a trabajar a las 3 de la madrugada pero de 3 a 6 de la mañana a un precio justo del ciento por ciento por kilos ( o por horas en el caso de envase y peones).

O después de cumplidas nuestras 8 horas de trabajo y en forma voluntaria hacer horas extras:

2 horas al 50 por ciento y resto ciento por ciento

Es decir que si te llaman a las 9 de la mañana vos podés retirarte o quedarte a hacer horas extras a partir de cumplidas tus 8 horas según convenio 161/75. En nuestro ejemplo: después de las 14 horas (como lo establece la planilla horaria del convenio 161/75).

8 horas jornadas laboral

Pero para la pyme la jornada laboral sería de 9 horas y no reconoce el horario de planilla, tenés que presentarte a trabajar a la hora que se te llame. Y nos sigue diciendo las pequeñas y medianas(o grandes) empresas, “en cuyo caso el plazo de 9 horas diarias de trabajo efectivos comenzará a contarse a partir de la hora de la citación a trabajar´´.

Dice por ahí que a lo sumo se te pagará un 10 por ciento hasta las 5 de la mañana, pero como estamos trabajando con materia prima altamente perecedera nuestra responsabilidad es terminar todo el pescado lo que significa que la jornada laboral se extendería hasta cuando lo disponga el patrón.

Y ¿las horas extras? ¡¡ah !! dice el acuerdo p.y.m.e que para cobrar hora extra tenés que trabajar más de 44 horas semanales y más de 9 horas diarias efectivas.

Pero olvidate y tené en cuenta que la pyme podrá tener personal eventual o contratados ( changas legalizados)lo que significa que nunca vas hacer horas extras.

Pero antes aclaremos algo . nos sigue planteando la pyme que después de cumplir las 9 horas habría que descontar los tiempos de descanso, es decir que como te tomaste un cuarto de 15 minutos primero y otro de 45 minutos para almorzar le debés a la empresa ese tiempo de trabajo efectivo para cumplir con tu tarea.

Dice la p.y.m.e art 7)inciso d) “se aclara que en ningún caso estas pausas serán consideradas tiempo de trabajo ni computable dentro de la jornada.´´

O sea que te queda una hora más de trabajo efectivo, pero entonces son 9 o 10 horas ¿?.

Y además como el computo de las horas extras ya no se harían por día, sino en forma seminal, te obligan a trabajar 44 horas por semana.

¿Cuál es la trampa? ´´si un día trabajamos 12 horas y otro día 4 horas NO COBRAMOS NI GARANTÍA, NI EXTRAS, NI NADA´´, gritaban los compañeros en un volante de denuncia contra Giorno (Valastro).

Recuerden que se computaría todo por semana, en cambio con el convenio 161/75 se exige por lo menos 48 horas semanales para evitar que se llevaran el pescado a los sucuchos y fábricas clandestinas y al obrero con dos días de trabajo se le considera efectivo.

Ejemplo: el convenio 161/75 nos dice que si tu labor comenzara fuera del horario de planilla ( 6 de la mañana) pongamos como supuesto 9 de la mañana se sigue dando como tarea finalizada la hora 2 de la tarde, para la pyme si entraras a las 9 de la mañana tu jornada efectiva finalizaría a las 19 horas.

Insalubridad:

EN EL CONVENIO 161/75 SOLO SE LOGRÓ QUE SE DECLARARA COMO UN TRABAJO INSALUBRE LAS TAREAS DE LOS COMPAÑEROS CAMARISTA .

Esta basura de acuerdo p.y.m.e lo omite concretamente dice ´´se excluyen las tareas: como la atención de cámaras frias,congelamiento.´´

La razón parece ser simple; crearon el anexo 1 para filetero, el anexo 2 para envase y peones y estarían buscando la forma de anular la ley que declara insalubre esta tarea en un supuesto anexo 3.

Por suerte las mentes que pergeniaron este acuerdo o régimen laboral se pusieron la mano en el corazón, “entre un día de trabajo y el día de trabajo subsiguiente, deberá existir indefectiblemente un PERÍODO MÍNIMO DE DESCANSO DE 12 HORAS.´´

Lo que en realidad quieren decir es que en bien de la p.y.m.e estarías obligado a brindarle un tiempo mínimo de 12 horas diarias .

Atrás quedarían nuestras 8 horas de trabajo, nuestras 8 horas de descanso y nuestras 8 horas de esparcimiento.

Primero las seudo cooperativas truchas; pero como con nuestra lucha (toma del Puerto, asamblea permanente de los obreros del pescado autoconvocados en nuestro sindicato, reclamo y exigencia a los políticos del municipio permaneciendo también días y noches en el Ministerio de Trabajo de la Nación)se pudo demostrar que estas eran truchas, que había fraude laboral.

Hoy estas seudo cooperativas truchas que en realidad son testaferras y que ya dejaron de ser útiles a los grandes empresarios buscando ahora imponerlas como p.y.m.e .

Pretenden que tengamos un convenio inferior al convenio 161/75. Por todo esto es que debemos luchar para que se declare inconstitucional el acuerdo p.y.m.e.

Segun la ley un convenio reemplaza a otro siendo superior en sus condiciones laborales y resultando favorable al trabajador nunca inferior.

Debemos pelear´´PARA QUE SE ANULE POR ARBITRARIO Y PERJUDICIAL A LOS INTERESES DE LOS TRABAJADORES´´.

´´Acuerdo que fue firmado sin la participación de los obreros del pescado, en una libre discusión paritaria, sin una asamblea previa ni la elaboración de un anteproyecto de convenio. ´´

Un acuerdo para p.y.me o convenio para pequeñas y medianas empresas que firman las grandes empresas (cámara de la industria pesquera argentina).

Nos dicen que se puede charlar el convenio pyme, se puede hacer o hay uno nuevo . ¡¡MENTIRAS !!

Lean lo que dicen la p.ym.e. sino: ´´considerando: obran el convenio colectivo de trabajo de pequeñas empresas rama filetros y envasadoras y peones y el acuerdo complementario celebrados entre el Soip por la parte gremial y la parte patronal Cámara de la industria pesquera argentina, a incorporarse como anexo del convenio colectivo de trabajo nª161/75 que RIGE LA INDUSTRIA DEL PESCADO´´

QUIERE DECIR ESTO, QUE FIRMES LO QUE FIRMES ESTAS FIRMANDO ESTE ANEXO PORQUE ES LO ÚNICO QUE TIENE VALIDEZ . CON TU FIRMA, TAMBIÉN DICEN QUE SI FIRMAS LAS PYMES PODRÍAS LUCHAR POR EL CONVENIO 161/75 DESDE ADENTRO ¡MENTIRA..! ´´Se acuerda en celebrar el presente acuerdo, sujeto a las siguientes cláusulas, a saber;a)que entre las partes se ha celebrado el c.c.t nº161/75.

b)que en dicho convenio no se ha previsto las condiciones de trabajo que se aplicaran en las pequeñas y medianas empresas, tal como lo establece el art.102,la ley 24.167.

c)que en esa situación, las partes han acordado celebrar el presente acuerdo a los efectos de que se incorpore como anexo al c.c.t nº161/75…´´

Primero pretenden explicarnos que el convenio 161/75 no previó la presente condiciones de trabajo de las pequeñas empresas por eso hay que hacer un acuerdo y que los trabajadores incorporado a este acuerdo se regiran solo por este acuerdo o anexo . Lo que significaría que al firmar este contrato pyme y permitirlo estas rechazando de por vida el convenio colectivo de trabajo nº161/75.

Ahora veamos, ¿es verdad que el 75 no previó a las pequeñas y medianas empresas y sus condiciones de trabajo?

Dice el c.c.t nº161/75 en su artículo ´´4º.-las normas establecidas en el presente c.c.t161/75 tiene por objeto regular las relaciones entre los establecimientos dedicados al fileteado de merluza y otras variedades de peces que se convienen o convengan en el futuro….´´

LAS PEQUEÑAS, MEDIANAS O GRANDES EMPRESAS ACASO ¿NO SON ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS AL FILETEADO?

La empresa Barillari transformó el pasado año sus cooperativas en pymes tras días y meses de conflicto y aprovechándose de la necesidad económica de los obreros, se les pidió firmar una serie de condiciones como por ejemplo la cláusula nº5 que dice

“las partes acuerdan que los trabajadores a incorporarse, individualizados en el anexo 1, renuncian a cualquier reclamo contra la empresa Antonio Barillari s.a., ya sea por indemnización por despido, preaviso, integración del mes de despido, horas extras, diferencias salariales, haberes pendientes, o cualquier otro rubro, incluso por eventuales acciones con fundamento en derecho común´´

AGRADEZCO A LOS COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS QUE DE UNA Y MUCHAS FORMAS AYUDARON EN ESTA NOTA; YA SEA EN VOLANTES, CHARLAS, REUNIONES Y ASAMBLEAS A LO LARGO DE NUESTRA LUCHA POR UN TRABAJO DIGNO DENUNCIANDO EL ACUERDO P.Y.M.E.

A LOS JÓVENES COMPAÑEROS QUE AHORA SABEN QUE TENEMOS UN CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº161/75 DONDE SE EXIGE EL RESPETO Y LA DIGNIDAD DE LOS OBREROS DEL PESCADO, QUE AL PLANTEAR LA DEFENSA DE NUESTRAS RIQUEZAS MARÍTIMAS BUSCA GARANTIZAR NUESTRA FUENTE DE TRABAJO.

(Pescadito)

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